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Descuentos tarifarios para los usuarios electro intensivos

Descuentos tarifarios para los usuarios electro intensivos

De acuerdo con un informe de la UIA, se define como Grandes Usuarios de energía eléctrica a las 7.500 empresas que consumen el 30% de la demanda eléctrica total del país. De este total, 6.900 consumen entre 300 KW y 1000 KW. 

Como consecuencia del incremento en el costo de la energía eléctrica que afecta a la demanda en general y a las industrias en particular, mucho se ha hablado en los medios de comunicación sobre el consumo de energía y, en esas circunstancias, diversos comunicadores sociales han equiparado a los Grandes Usuarios con los Usuarios Electro-Intensivos, pero dichos términos no significan lo mismo.

Aunque no existe un criterio concreto para clasificar a los usuarios electro intensivos, un posible punto de referencia es el Decreto 2443/92 (que actualmente no está en vigencia). Allí se establecía un régimen especial temporario y se definía el perfil que sería alcanzado por esa normativa. Dicho régimen se aplicaba sobre las empresas cuyo abastecimiento eléctrico estuviera a cargo de entes nacionales, provinciales o privados y distribuidores de energía eléctrica que cumplieran con las siguientes características:

1) La energía eléctrica es materia prima del proceso productivo.

2) El consumo específico de energía eléctrica en el producto es igual o mayor a 3,0 KWH/KG del producto elaborado.

3) La potencia contratada es superior a 10 MW.

4) Existe una vinculación directa a las redes de alta o media tensión (132 ‑13.2 KV).

5) Hay una utilización promedio durante los últimos 5 años igual o mayor al 80%.

Cuando se aplican los parámetros que definen al usuario electro-intensivo, las empresas alcanzadas son muy pocas. Por tal motivo, si bien este tipo de usuarios  son perjudicados por el aumento de las tarifas eléctricas, la UIA señala que se deben buscar alternativas que comprometan a los gobiernos nacional, provincial y municipal para atenuar el impacto tarifario en la totalidad de los Grandes Usuarios dentro de los cuales se encuentran los electro-intensivos.

Tomando en cuenta estos señalamientos, el Estado Nacional, a través de la Resolución Conjunta del Ministerio de Energía y Minería Nº122/2016 y el Ministerio de la Producción Nº 312/2016, resolvió establecer un mecanismo de bonificación en el costo de compra de la energía eléctrica, para aquellos usuarios cuyas actividad principal fuera identificada como electro intensiva, de acuerdo a la codificación de actividades establecidas en el Anexo I de las mencionadas resoluciones.

Estos usuarios recibirán un descuento de hasta el 20% sobre los Precios Estacionales de Referencia de la Energía en el Mercado Mayorista (PEST) y los que se establezcan para el período estacional siguiente, hasta el límite de consumo de 10.000 MW por hora.

Los descuentos dispuestos serán aplicados en forma escalonada a las demandas de los usuarios beneficiarios de la siguiente manera.
 1. Para los primeros 3.000 MW por hora se aplicará un descuento del 20% sobre el precio de mercado vigente. 
2. Para los siguientes 3.000 MW por hora se aplicará un descuento del 10% sobre el precio de mercado vigente.
3. Para los últimos 4.000 MW por hora, se aplicará un descuento del 5% sobre el precio de mercado vigente.

 

 

Fuentes: UIA, Infoprocoop
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